El Comité Ejecutivo Nacional es el
órgano ejecutivo y la autoridad política superior de la JR en receso de
la Asamblea Nacional y del Congreso Nacional. Es el cuerpo ejecutor de
las políticas de la Juventud Radical de Chile en todas sus expresiones,
correspondiendo dirigirla con estricta sujeción a la Declaración de
Principios del PRSD, del voto político en vigente de la JR, programa y
acuerdos de la Asamblea Nacional y del Congreso Nacional.
El CEN
sesionará ordinariamente una vez al mes, en el lugar, día y hora que
resuelva en su sesión constitutiva. Extraordinariamente, el CEN
sesionará si es convocado por el Presidente Nacional, de oficio o a
petición de algún organismo de la JR, por resolución de la Mesa
Nacional o por 7 o más miembros en ejercicio del CEN. Toda citación
deberá incluir una primera citación, que exige la mayoría absoluta de
los miembros en ejercicio para constituirse y, una segunda citación,
con a lo menos 30 minutos de diferencia, que permite constituir la
sesión con los miembros presentes, siempre que se cumpla con el
requisito señalado en el inciso siguiente.
Sus acuerdos y
resoluciones se adoptarán por la mayoría de los presentes en sesión
validamente constituida, salvo aquellas materias a las que este
Estatuto, y sólo éste, exija un quórum calificado. No podrá sesionar el
CEN, aun cuando se trate de la segunda citación, con menos de dos
séptimas partes (2/7) de sus miembros en ejercicio. (Art. 12 del Estatuto Orgánico de la Juventud Radical de Chile).
¿Qué es el CEN?
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